Divorcios
Lo representamos en divorcios de común acuerdo o unilaterales, incluyendo los acuerdos sobre hijos, bienes y compensación económica.
Divorcios, relación directa y regular, pensión de alimentos y más. Acompañamos a su familia con información clara y paso a paso.
Acompañamos a las familias en pensión de alimentos y en otras materias de derecho de familia.
Lo representamos en divorcios de común acuerdo o unilaterales, incluyendo los acuerdos sobre hijos, bienes y compensación económica.
Fijamos o modificamos el régimen de visitas para que niños, niñas y adolescentes mantengan el vínculo con el padre o la madre con quien no viven.
Si aún no hay pensión fijada, preparamos la demanda y la mediación previa para que el monto quede establecido formalmente.
Reunimos los antecedentes, liquidamos lo adeudado y presentamos la solicitud de cumplimiento ante el tribunal de familia.
Solicitamos las medidas que la ley contempla frente al incumplimiento reiterado, según las circunstancias de cada caso.
Le orientamos sobre la inscripción del deudor en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y sus efectos.
Evaluamos si el monto actual sigue siendo adecuado y, si corresponde, tramitamos su modificación o término.
Cuando es posible, negociamos un acuerdo que quede por escrito y con respaldo legal.
Somos un equipo de profesionales dedicados al derecho de familia, con una práctica rigurosa y un compromiso real con las familias que nos consultan.
Somos un equipo legal de la Universidad Diego Portales.
Nos hemos dedicado al derecho de familia desde nuestra etapa de formación universitaria.
Estamos al servicio de la comunidad para representar de la mejor manera los derechos de niños, niñas y adolescentes.
Un equipo pequeño y cercano, para que siempre hable con la misma persona.
Lleva la estrategia legal de cada caso y representa a sus clientes ante el tribunal.
Gestiona los trámites y el seguimiento de las causas para mantenerlo informado.
Queremos que la asesoría jurídica sea accesible. Si su hogar pertenece al Registro Social de Hogares (RSH) y está hasta el 60%, aplicamos un descuento sobre el honorario que le informamos en la primera consulta.
El descuento se aplica solo a los honorarios. Los gastos de terceros, como notaría, receptor judicial o copias, se cobran aparte. La cartola debe estar vigente y el tramo que figure al firmar el contrato es el que se mantiene durante la causa.
Existen tres: de común acuerdo, unilateral y por culpa. En los dos primeros se debe acreditar el cese de la convivencia: al menos un año si ambos están de acuerdo y al menos tres años si solo uno lo solicita. El divorcio por culpa no exige ese plazo. Para presentar la demanda se requiere abogado.
El tribunal de familia considera las necesidades del niño, niña o adolescente y la capacidad económica de los padres. Mientras dura el juicio, puede fijar una pensión provisoria.
Se puede solicitar el cumplimiento ante el tribunal. Según el caso, el juez puede ordenar medidas como la inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, la retención de la devolución de impuestos, el arraigo nacional o el arresto nocturno.
En general, antes de demandar alimentos, cuidado personal o relación directa y regular se debe intentar una mediación familiar. El divorcio en sí no la exige, pero sí los temas que afectan a los hijos. Hay excepciones, y las evaluamos según cada caso.
Depende de cada caso. En general, le recomendamos llevar su cédula de identidad, los certificados de nacimiento o matrimonio que correspondan, y cualquier resolución, acuerdo, demanda o notificación que tenga. En la consulta le indicaremos qué otros antecedentes necesitamos según su situación.
Cuéntenos su caso y le indicaremos los pasos a seguir.
Horario de atención: 9:00 a 18:30 hrs.
Breves artículos para orientarle sobre los temas más consultados en derecho de familia.
Para solicitar el divorcio en la mayoría de los casos se debe acreditar que los cónyuges dejaron de convivir: al menos un año si ambos están de acuerdo y tres años si lo pide solo uno.
Es importante contar con una fecha cierta, que puede establecerse, por ejemplo, mediante una escritura pública, un acta de mediación o la notificación de una demanda en materia de familia. Antes de decidir cómo hacerlo, conviene revisar su caso con un abogado.
La pensión de alimentos se fija en el tribunal de familia considerando dos cosas: las necesidades del niño, niña o adolescente y la capacidad económica de los padres. Mientras dura el juicio, el tribunal puede establecer un monto provisorio. Reunir antecedentes sobre los gastos de los hijos y los ingresos de ambos padres ayuda a que la solicitud esté bien respaldada.
Cuando la pensión no se paga o se paga incompleta, se puede pedir al tribunal que ordene su cumplimiento. Según el caso, la ley contempla medidas como la inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, la retención de la devolución de impuestos, el arraigo nacional o el arresto nocturno. Guardar comprobantes y resoluciones facilita el proceso.
Es el derecho de niños, niñas y adolescentes a mantener un vínculo estable con el padre o la madre con quien no viven, conocida comúnmente como régimen de visitas. Puede acordarse entre ambos padres o fijarse en el tribunal. Antes de demandar, en general se debe intentar una mediación familiar. El objetivo siempre es el bienestar del niño, niña o adolescente.
Además de la pensión mensual, muchas sentencias y acuerdos establecen que ambos padres deben contribuir a los gastos extraordinarios: aquellos imprevistos o no cubiertos por la pensión, como tratamientos de salud, atenciones médicas urgentes o gastos educacionales especiales.
Normalmente se fija el porcentaje que corresponde a cada uno. Para cobrarlos, estos son los pasos generales:
Si la sentencia no los contempla, también puede evaluarse una modificación para incluirlos. El procedimiento exacto depende de cómo esté redactada su resolución, por lo que conviene revisar su caso con un abogado.
Cuando existe una resolución o un acuerdo que establece la relación directa y regular, ambos padres deben respetarlo. Si el padre o la madre con quien vive el niño, niña o adolescente impide, retarda o entorpece el contacto con el otro, se puede presentar una causa de cumplimiento ante el tribunal de familia. Estos son los pasos generales:
En situaciones más graves, puede solicitarse además una medida de protección, como la entrega inmediata del niño, niña o adolescente. Los apremios buscan proteger su derecho a mantener un vínculo con ambos padres, no castigar a los adultos. Cada caso se evalúa de forma particular, por lo que conviene revisar su situación con un abogado.
¿Tiene una duda? Envíenosla de forma reservada. Respondemos cada consulta y publicamos aquí las más útiles, sin datos personales, para orientar a otras familias.
Por lo que nos cuenta, ya cumplen el requisito de tiempo: para el divorcio de común acuerdo la ley exige acreditar un cese de la convivencia de al menos un año. Para tramitarlo necesitan:
El tiempo total depende de la carga de cada tribunal. Antes de presentar, conviene revisar el acuerdo con un abogado, porque si el juez lo considera incompleto o perjudicial para su hijo, puede no aprobarlo.
Estos artículos entregan información general y no reemplazan la asesoría de un abogado. Cada caso es distinto: agende una consulta para revisar su situación.